Reclamación tarjetas revolving Sevilla

La reclamación de tarjetas revolving en Sevilla ya es posible

Las contratos de tarjetas de tipo revolving han sido declarados nulos por el Tribunal Supremo. Se considera que la sentencia debe considerarte usuraria al infringir el artículo 1 de La Ley de Represión de la Usura por estipular un interés superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

El Tribunal Supremo dicta que no se puede justificar la elevación desproporcionada del tipo de interés en operaciones de financiación o créditos al consumo, ya que puede provocar un alto nivel de impagos y el endeudamiento de numerosos consumidores.

Un préstamo declarado usuario, se convierte en nulo. Esto obliga a ambas partes a restituirse las prestaciones recibidas mutuamente. Es decir, el prestatario debe amortizar el capilar prestado íntegramente, y la entidad financiera las comisiones y los intereses cobrados, que suelen superar con creces el capital prestado.

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