Las tarjetas revolving se constituyen en un medio de pago que se caracteriza por aplicar un tipo de interés que puede llegar a ser abusivo según el Banco de España. Con márgenes por encima del 20 % y que ha propiciado que cada vez sean los usuarios que han reclamado sus derechos ante los tribunales. Amparados por una sentencia del Tribunal Supremo en la que constata esta incidencia.
¿Cómo son las tarjetas revolving?
De todas formas, en algunas ocasiones los propios usuarios no saben si están ante una tarjeta de estas características. Estas son algunas de las particularidades más relevantes de este producto financiero:
✔ Permiten aplazar los pagos, pero a través de su devolución en diferido. Bien por medio de una cuota fija o por porcentaje sobre el importe.
✔ Incremento de la deuda pendiente. El uso de estas tarjetas origina que la deuda sea cada vez mayor como consecuencia del aumento en los intereses generados.
✔ Tiene un excesivo coste. Porque a los intereses hay que añadir las comisiones que incorpora y otros gastos que repercuten en su titular.
✔ El crédito se va reconstituyendo. A medida que las cuotas son cubiertas la línea de crédito se va ampliando hasta conseguir el tope máximo permitido.
✔ Con cláusulas ocultas. A veces sus demandantes desconocen que están ante un producto de estas peculiaridades y que puede ser muy negativo a sus intereses.
Ir a la vía judicial
Ante este escenario, la mejor estrategia que puede llevar a cabo el titular de una tarjeta revolving será acudir a la vía judicial. Para que sea un juez quien dé la razón a través de su sentencia. Porque sabemos que este es un problema muy relevante ofrecemos los servicios de nuestro equipo de profesionales de Kaiss Abogados. Nos encargaremos de rescatar el capital, así como finiquitar la deuda. No lo dudes más y contacta con nosotros a través del número de teléfono 661 61 36 75 estaremos encantados de resolver todas tus dudas
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